Consideran delito llamadas de broma a servicios de emergencia

Congreso del estado tipificó delito de llamadas de broma a servicios de emergencia

Los integrantes de la LXIII Legislatura de Tlaxcala reformaron el Código Penal Local para tipificar el delito de llamadas de broma a servicios de emergencia, así como disparar arma de fuego sin razón justificada.

Las nuevas disposiciones legales que entraron en vigor a partir del 26 de agosto de 2020, contemplan sanciones de tres meses a dos años de prisión y multa de 50 a 300 días de salario mínimo, a la persona que movilice con información falsa a las instituciones de emergencia, seguridad pública, protección civil, bomberos o emergencias médicas, a través de internet o cualquier otro medio de comunicación telefónico o electrónico.

Estas mismas penas aplicarán para la persona que dolosamente permita o facilite los medios para realizar una llamada o aviso falso a los servicios de emergencia, y, en caso de reincidencia, las sanciones serán al doble.

Estas reformas, también incluyen sanciones de dos a cinco años de prisión y multas de 180 a 360 días de salario, a quien sin causa justificada realice disparo de arma de fuego.

Las causas justificadas que establece la norma, son todas aquellas circunstancias en las que se ponga en riesgo la vida, la integridad física o el patrimonio propio o de cualquier otra persona.

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