El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación calificó como infundados los agravios en contra del fallo del Tribunal Electoral de Tlaxcala por actos anticipados de campaña.
TEPJF confirma resolución del TET
El 5 de septiembre, la Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió una impugnación contra la sentencia del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET). La controversia giraba en torno a la acusación de actos anticipados de campaña y proselitismo en una institución educativa por parte de una persona aspirante a la presidencia municipal de Totolac. La Sala calificó como infundados los agravios presentados, confirmando que el TET sí valoró las pruebas aportadas por las partes y el Instituto Tlaxcalteca de Elecciones.
Descartados actos anticipados de campaña
El Tribunal Local, en su análisis, concluyó que no se acreditaba ninguna infracción, ya que los actos denunciados no cumplían con los tres elementos esenciales de los actos anticipados de campaña: temporal, personal y subjetivo. Las pruebas solo mostraban la participación de la persona denunciada en un evento, sin evidencia de un llamado al voto o posicionamiento frente a otros candidatos, por lo que el Tribunal descartó la configuración del elemento subjetivo.
Otras quejas también desestimadas
Asimismo, los agravios relacionados con la omisión de pronunciamiento sobre propaganda en una institución educativa fueron rechazados. La Sala Regional del TEPJF determinó que los hechos no constituían proselitismo ni violaban la Constitución. Por lo tanto, se confirmó la resolución original del TET, ratificando la inexistencia de infracciones.
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La Sala Regional del TEPJF ratifica la resolución del TET, desestimando actos anticipados de campaña en Totolac. No se acreditaron infracciones.